Nuevas actividades exceptuadas: las condiciones establecidas en Morteros para la venta de comercios minoristas
Una resolución del Poder Ejecutivo publicada el sábado incluyó 11 actividades que se pueden llevar a cabo desde el lunes durante la “cuarentena administrada”.
A través de una resolución administrativa de la Jefatura de Gabinete, se dispusieron las bases de la "cuarentena administrada", que alcanza a Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires.
Quedan exceptuados de la cuarentena, desde ayer, las actividades de cobranza de servicios e impuestos; la actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas; la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.
Se habilita, además, la atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo; y las ópticas, con sistema de turno previo.
La resolución de la Jefatura de Gabinete de Ministros también incluye a peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras; establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género; y procesos industriales específicos.
En todos los casos "se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus".
"Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados por la presente. Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores", agregó la nueva excepción.
El jefe de ministros "podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto cualquiera de las excepciones, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica".
Una por una las actividades que se reanudan el lunes
-
Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e
impuestos.
- Oficinas de rentas de las provincias, de CABA y de los municipios, con
sistemas de turnos y guardias mínimas.
- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias
mínimas.
- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de
plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no
requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de
entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y
planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán
abrir sus puertas al público.
- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y
seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con
sistema de turno previo.
- Ópticas, con sistema de turno previo.
- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que
permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los
beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención
al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo
los pagos correspondientes.
- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de
género.
- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de
Desarrollo Productivo.
- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de
Desarrollo Productivo.
Las condiciones establecidas en Morteros para la venta de comercios minoristas
Conocidas
las nuevas actividades exceptuadas por el Gobierno nacional, la Municipalidad
de Morteros determinó, en relación a la venta de
mercadería de comercios minoristas, las siguientes condiciones:
• Se trabajará a puerta cerrada, SIN ATENCIÓN AL
PÚBLICO.
• Por turno, podrá asistir hasta el 50% de los
empleados.
• Horario por la mañana: de 9 a 12hs.
• Horario por la tarde: de 15 a 19 hs.
• DELIVERY Y COBRANZA:
1. Únicamente por la TARDE (15 a 19 hs.)
2. Registrarse en la Oficina de Empleo, donde se
extenderá un certificado para poder circular por la ciudad. Comunicarse a los
siguientes números 574400 o WhatsApp 3562 560132 y enviar: Nombre
de Comercio, Cuit, N° de contribuyente, Nombre y apellido de la persona que
realizará el delivery, DNI y tipo y dominio del vehículo
3. Utilizar barbijo, guantes y aplicarse alcohol
en gel después de cada entrega o cobranza.