Morteros: el Concejo aprobó Ordenanza que regula la actividad de los deliverys

02/11/2023 Actualidad

Comprende el traslado de alimentos, mercaderías o la realización de trámites, conocida como delivery, que se realiza en bicicletas, ciclomotores, motocicleta, moto furgones o similares en el ámbito de la ciudad

En la última sesión del Concejo Deliberante municipal, los ediles aprobaron por mayoría la Ordenanza N° 3298 que regula aquellas actividades que comprende el traslado de alimentos, mercaderías o la realización de trámites, conocida como delivery, que se realiza en bicicletas, ciclomotores, motocicleta, moto furgones o similares en el ámbito de la ciudad.

Para ello se prevé la creación de un registro en el que deberán anotarse quienes desempeñan esta actividad y solicitar la credencial de habilitación correspondiente en la Dirección de Rentas, la que tendrá una vigencia de  un año.

A tal efecto, se deberá cumplimentar la siguiente información: Nombre del propietario o razón social, número de CUIT y tipo de mercadería a transportar; Nombre y apellido del repartidor y/o cadete, DNI y licencia de conducir (todo cambio de personal deberá ser debidamente notificado en la Oficina de Comercio e Industria, y posteriormente se dará a conocer a la Dirección de Inspectoría y Seguridad); Título de propiedad del vehículo a utilizar en el servicio (en caso de no ser propietario, consentimiento del titular del mismo) y Póliza de seguro del vehículo (obligatoriamente deberá presentar Seguro de Responsabilidad Civil)

Otro de los artículos establece que el vehículo afectado al servicio deberá reunir las condiciones técnicas y estructurales adecuadas, teniendo en cuenta especialmente los aspectos relacionados a la seguridad, tanto para el conductor como para terceros, y el tipo de productos que se trasladarán en el servicio.

Por su parte, el Municipio identificará al vehículo autorizado mediante un número de habilitación. Para ello la Oficina de Comercio e Industria entregará 2 obleas identificatorias a cada vehículo, conteniendo el número asignado, el nombre del comercio para el cual presta el servicio y la fecha de vencimiento de la habilitación, las que deberán colocarse en lugares claramente visibles.

Los repartidores y/o cadetes deberán exhibir: Credenciales habilitantes y obleas identificatorias en el vehículo; Licencia de Conductor y Seguro del Vehículo; Pechera de seguridad, opcional, la que deberá ser reflectiva y Casco reglamentario.

Para el transporte de alimentos, elaborados o no, se le dará intervención a la Dirección de Bromatología del Municipio, para que establezca las referencias específicas de este tipo de transporte, especialmente de las cajas o bolsos especiales para deliverys, las que deberán contener cintas reflectivas.

Previa a la puesta en vigencia, el Departamento Ejecutivo Municipal realizará una campaña de difusión a los efectos de dar a conocer a todos los comercios que presten o contraten el servicio de cadetería y/o mensajería las exigencias de a Ordenanza.

 

El voto negativo de Mónica Williner

El proyecto de ordenanza no contó con la aprobación de la concejala Mónica Williner. Al justificar la decisión de votar en contra, consideró que “se trata de un trámite engorroso y poco práctico para quienes desarrollen dicho servicio”.

Asimismo sostuvo que “requieren cumplimientos que ya están establecidos en la ley Provincial de Tránsito N° 8560, a la cual esta Municipalidad está adherido a través de la Ordenanza sancionada en el año 2008, por lo tanto no es necesario reglar sobre asuntos que ya están legislados, y que solo pueden confundir al ciudadano”

La edil destaca además que “la actividad del delivery es generalmente discontinua, lo que constituye una complicación más para el comerciante”.

Williner, tras no acompañar la norma, propuso “incorporar en caso de no existir en la próxima Ordenanza Tarifaria la actividad que comprenda el traslado de alimentos, mercaderías o la realización de trámites llamada como delivery en el ámbito de la ciudad de Morteros e instruir al Poder Ejecutivo a través de la secretaría de Gobierno que las habilitaciones y/o inspecciones de los comercios e industrias se incluya la habilitación y o/inspección de los vehículos destinados a reparto de alimentos, mercaderías o la realización de trámites llamada como delivery”.




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